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Trump a tribunales

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Gabriel Torres Espinoza

Será el próximo martes cuando, Donald Trump, ingrese a un Tribunal de Nueva York para conocer los cargos por los que se le imputa. La acusación es aún confidencial, no obstante, de manera extraoficial se ha mencionado que ésta muy probablemente tenga que ver con un pago ilegal de 130 mil dólares, sustraídos con fondos de su campaña presidencial, en 2016, a la estrella pornográfica Stormy Daniels, con la intención de acallarla, pues afirmaba haber tenido encuentros sexuales con el expresidente. 

Con independencia de lo anterior, Donald Trump, no sólo es el único presidente, en la historia de los EE. UU., que ha sido dos veces sometido a proceso de impeachment —teniendo en consideración que, antes de él, sólo los expresidentes Andrew Johnson (1868) y Bill Clinton (1998) se les había instaurado este mecanismo de responsabilidad [Nixon renunció antes de ser sometido a él]— sino el primer expresidente en la historia de la Unión Americana en ser procesado por delitos del fuero u orden común.

Con base en agregadores de encuestas como ‘Real Clear Politics’ y ‘FiveThirtyEight’, el presidente demócrata, Joe Biden, actualmente, goza de una aprobación del 42.6%; mientras que, el republicano, Donald Trump, cerró su mandato, de manera un tanto caótica por la pandemia y el asalto al Capitolio, con 41.1%. Muchos temen, que si no está bien armada la investigación y/o sale exonerado Trump, esto podría fortalecerlo de cara a las elecciones de 2024 haciéndolo ver como víctima o mártir de una persecución política maquinada por el establishment.

La interrogante más importante tiene que ver con si esto impide a Donald Trump postularse en 2024. The New York Times menciona que “Trump no se le prohibiría postularse para su antiguo cargo por una acusación o incluso una condena. En 1920, Eugene V. Debs, el líder socialista, dirigió su quinta candidatura a la Casa Blanca desde prisión, donde cumplía condena por su oposición a la Primera Guerra Mundial”. Y es que la Constitución Norteamericana es poco clara y sólo establece como requisito de elegibilidad el ser ciudadano “por nacimiento (…) al tiempo de adoptarse esta Constitución”. La falta de precedentes en la materia, en un país donde el derecho consuetudinario y jurisprudencial es toral en su sistema de justicia, no hay claridad al respecto…

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